Boletín UNAM-DGCS-457
Ciudad Universitaria.
2 de agosto de 2010
Julio Téllez Valdés
Los datos que una persona sube a la red pueden ser utilizados apócrifamente para cometer delitos, expuso Julio Téllez, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
• La ALDF recién aprobó reformas al Código Penal del DF que sancionan estas prácticas, mientras que la Cámara de Diputados tiene una propuesta para proteger al ciudadano de este ilícito
El internet, y en especial las redes sociales, son utilizadas como herramientas tecnológicas que permiten obtener datos que, usados apócrifamente, permiten a los delincuentes cometer ilícitos a nombre de terceras personas.
Una de las prácticas más recurrentes es el llamado robo o usurpación de identidad, que consiste en tomar los datos de cualquier persona (ya sea porque ésta los proporcionó en algún sitio o los subió a alguna red social), para posteriormente usar esta información y perpetrar fraudes o delitos mayores, expuso el especialista del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, Julio Téllez Valdés.
Por eso, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) recién aprobó una iniciativa que regula este ámbito. Con esto, los diputados locales tipifican este “delito” en el Código Penal capitalino, al señalar que todo aquel que suplante, altere, falsifique o reproduzca documentos oficiales (como licencias de conducir o actas de nacimiento) es merecedor de una sanción.
La nueva norma establece periodos de prisión que van de los dos a los seis años, y una multa de 400 a 600 días de salario mínimo a quien incurra en este tipo de faltas. “Esto plantea un sesgo interesante en lo que al uso inadecuado de tecnologías se refiere”.
En la Cámara de Diputados también existe una iniciativa de ley para castigar estas conductas, aunque no está tan avanzada como la de la ALDF. Con ambas, apuntó, lo que se pretende es proteger a la ciudadanía de este tipo de abusos.
El especialista explicó que el escenario para que se den estos ilícitos no sólo involucra a la informática, sino a las telecomunicaciones, las cuales son manejadas a nivel federal. “Por tanto, los artículos modificados podrían ser considerados inconstitucionales; sin embargo, se están buscando acuerdos para que, en materia de seguridad pública, se pueda actuar de manera indistinta en las diversas entidades federativas”.
Sin embargo, como el Código Penal del DF ya considera delitos a este tipo de prácticas, éstas se volvieron responsabilidad de la Unidad Especializada para el Combate a la Delincuencia Cibernética, grupo antidelictivo que ha tenido aciertos en el combate de estos ilícitos, aunque carece de personal especializado en este ámbito, pues de nada sirve regular algo si no existe una autoridad que aplique las reformas legales.
“No basta tener una buena reforma legal sin autoridades que sepan aplicarla”, añadió.
Debemos ser cautelosos con lo que damos a conocer en las redes sociales, pues en ocasiones personas extrañas tienen nuestra información, y la obtuvieron a través de ese medio, destacó.
Téllez Valdés aclaró que ser cuidadoso no es sinónimo de tener miedo, ni estar alerta significa cancelar cuentas o evitar operaciones por internet; más bien, estas advertencias son una invitación a ser más responsables con el uso del internet y a evaluar siempre las posibles consecuencias de nuestros actos.
Cada quien tiene derecho a poner lo que desee en sus páginas personales en la web 2.0, pero antes debe considerar cualquier situación de riesgo, especialmente las mujeres, y tener una especial cuidado para proteger a los niños y adolescentes, concluyó.